Los derechos de las trabajadoras en estado de gestación serán fortalecidos con la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, el 25 de julio del 2017. La normativa abrirá una nueva opción para que las embarazadas soliciten su reincorporación a su trabajo o el pago de los salarios dejados de percibir en el caso de ser despedidas.
El Código vigente permite a la trabajadora discutir el despido en cuanto el fondo; es decir, si procede o no la medida, pero con la nueva legislación podrá pedir que se revise el procedimiento utilizado por el patrono para tomar la decisión y argumentarlo ante la Dirección Nacional y la Inspección General de Trabajo.
Actualmente, el patrono puede gestionar el despido ante esa dependencia solo en caso de que la trabajadora comete una falta grave –conductas estipuladas en el 81 del Código de Trabajo– por ejemplo: que injurie o difame a su patrono, que cometa algún delito contra la propiedad de la empresa, o revele secretos de la compañía.
El Ministerio de Trabajo reporta un total de 2.045 denuncias de trabajadoras despedidas en estado de gestación entre el 2011 y el 2015.
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